Los gastos de transporte pueden deducirse siempre que estén relacionados con su actividad empresarial, ya sea SL o autónomo.
Los gastos de comida y bebida son un poco diferentes. Si tiene una empresa SL, puede presentar facturas por alimentos y bebidas por valor del 1% de la cifra bruta anual.
Si es autónomo, puede compensar los gastos de manutención si acude a una reunión fuera de su municipio o si viaja a nivel nacional o al extranjero. Existen diferentes umbrales para cada uno de estos casos, y podremos informarle al respecto en nuestra primera consulta.
Debe presentar una factura completa de todos los gastos que quiera presentar, no sólo un recibo, y guardar copias de toda la correspondencia con el cliente que demuestre que la reunión era necesaria.