Le enviaremos un formulario para recoger la información sobre sus ingresos y gastos cada trimestre y hacer una declaración trimestral en su nombre. También utilizaremos estos datos para presentar la información anual, confirmando el importe devengado y determinando si es necesario o no empezar a aplicar el IGIC al año siguiente.
También tendrá que pagar una cuota anual por el impuesto sobre la renta imputada, que es un impuesto aparte que tienen que pagar todos los propietarios de una segunda vivienda, independientemente de si la alquilan o no.
No se ve afectado por sus ingresos, sino que se basa en el valor catastral de su propiedad y el número de días no alquilados (cuando ocupa la propiedad usted mismo o la utilizan huéspedes que no pagan, incluimos esos días como no alquilados). Nosotros nos encargamos de ello y presentamos la declaración en su nombre.